Llegó la 9038 a plantar su bandera
¿Alguna vez haz abierto una bolsa de papas fritas y han tratado de comer solo una?, ¿Comer una sola papita es difícil verdad? Siempre se siente un impulso de comer otra y otra más.
La grasa de las papas fritas es adictiva y es la causa mayor de enfermedades y obesidad en los Estados Unidos. Las papas fritas hacen más daño que la marihuana y no están prohibidas. Tampoco meten a nadie preso por consumirlas. Entonces, ¿por qué penalizar a una persona que utiliza un producto natural menos dañino que la grasa?
El pasado mes de marzo realizaron unas vistas en el departamento de salud, donde los farmacéuticos y químicos expusieron sus dudas ante la dosificación y los químicos que tenía el producto. La división de Canabis medicinal pasó una carta diciendo que todo paciente que quiera utilizar la flor tiene que llevar una recertificación hecha por su médico que exponga que el paciente no puede usar otra cosa que no sea la flor. Todo esto para ser revalualdo por el departamento de salud.
Según los estudios el canabis ayuda a combatir muchas enfermedades y ya se estaba vendiendo en la Puerto Rico para uso medicinal bajo el reglamento 8766. Hay más o menos 28 mil pacientes en Puerto Rico que usan la flor. Desafortunadamente el reglamento 8766 ya no está vigente. Las medidas que estaban estipuladas en este reglamento cambiaron así que ya no puedes usar cualquier excusa para fumar la flor.
Ya no es tan fácil conseguir esta licencia ahora el proceso es más rigurosos. Aquellos que tienen la licencia deben pasar por una revisión y pagar para volver a sacarla. Todo esto forma parte del nuevo reglamento. La 9038.
La 9038 indica que no se podrá fumar la flor de forma recreacional o medicinal porque sería una violación a la ley núm.4 exponer la flor a más de 400 Fahrenheit en lugares públicos.
Buenas noticias
Se prohíbe la flor pero no el aceite. Así que todos aquellos que usen vaporizadores podrán seguir beneficiándose de los poderes curativos y recreacionales del canabis. En las imágenes al final del artículo hay una lista de productos de canabis que se pueden seguir utilizando después de este reglamento.
Condiciones que aplican al uso del canabis
- Anorexia;
- Artritis y Artritis Reumatoidea;
- Autismo;
- Cáncer y el tratamiento de quimioterapia para el Cáncer;
- Desórdenes de Ansiedad, según definidos en el DSM V (Diagnostic and Statistical
- Enfermedad de Alzhéimer;
- Enfermedad de Crohn;
- Enfermedades degenerativas tales como: la Esclerosis Lateral Amiotrófica (ELA) y la
- Estado positivo para el Virus de la Inmunodeficiencia Humana (VIH);
- Epilepsia;
- Fibromialgia;
- Glaucoma;
- Hepatitis C;
- Insomnia;
- Lesiones en el Cordón Espinal;
- Migraña;
- Parkinson;
- Psoriasis;
- Síndrome de Estrés Postraumatico (PTSD, por sus siglas en ingles)
- Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA);
- Cualquier otra condición que cause caquexia, dolor crónico, náuseas severas,espasmos musculares persistentes o que el Cuerpo Asesor Médico.
Un poquito de la 9038
-LolaMento-